El artículo 33 de la ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, modificó la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, la cual fue modificada previamente mediante Ley 15/2010, de 5 de julio y mediante Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero.
Esta modificación incluye novedades respecto a varios puntos relevantes de cara a la contabilidad y registro de operaciones comerciales, referentes al aplazamiento de pago a proveedores:
- Determinación del plazo de pago.
- Requisitos para que el acreedor pueda reclamar intereses de demora.
- Intereses de demora.
- Indemnización por costes de cobro.
- Cláusulas y prácticas abusivas
El Registro de Expertos Contables, entidad perteneciente al Consejo General de Colegios de Economistas, ha publicado recientemente una nota informativa que amplía todos estos puntos y ofrece pautas y recomendaciones para cumplir adecuadamente con estas novedades legales.