Desde el año 2017 la mayor parte de la información sobre operaciones vinculadas o realizadas con paraísos fiscales debe facilitarse a través de la “Declaración informativa de operaciones vinculadas y realizadas con paraísos fiscales” (modelo 232).
¿Cuáles son los requisitos para presentar el modelo 232?
Es obligatorio cuando se realicen operaciones con personas o entidades vinculadas si se da alguna de las siguientes circunstancias:
1) El volumen de las operaciones con una misma persona o entidad vinculada supera los 250.000€ anuales.
2) Se supera el límite de 100.000€ en alguno de los tipos de las denominadas operaciones específicas. Estas operaciones están reguladas en los artículos 18.3 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y 16.5 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades. Se refieren a:
- Operaciones que hacen las entidades que pueden estar sujetas al modelo 232 con contribuyentes que tributen por módulosen el IRPF por el desarrollo de la actividad económica relacionada con esa operación siempre que dicho contribuyente tenga una participación superior al 25% en la entidad o la tengan (individual o conjuntamente) su cónyuge, sus ascendientes o descendientes.
- Operaciones de transmisión de negocios.
- Transmisión de participaciones en entidades no cotizadas o situadas en paraísos fiscales.
- Las transmisiones de inmuebles.
- Operaciones sobre activos intangibles
3) Que, independientemente de que su importe sea reducido, se realicen operaciones con una misma persona o entidad vinculada, de un determinado tipo y valoradas conforme a un mismo método de valoración que supongan más del 50% de la cifra de negocios de la entidad.
Como regla general, el plazo de presentación del modelo 232 es el mes siguiente a los diez meses posteriores a la conclusión del período impositivo al que se refiera la información a suministrar.
Por tanto, cuando se trate de contribuyentes cuyo ejercicio económico coincida con el año natural, el plazo de presentación de la declaración queda fijado desde el 1 al 30 de noviembre.
Por otro lado, también se incluye en el modelo 232:
1) El detalle de las operaciones realizadas con paraísos fiscales.
2) El detalle de las cesiones de intangibles a entidades vinculadas que gocen de la reducción del 60%.