Impuesto sociedades: pagos fraccionados

Para todas aquellas entidades cuyo ejercicio coincida con el año natural, el próximo 28 de febrero termina el plazo para optar o renunciar a la opción del cálculo de los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades sobre la parte de base imponible del período de los tres, nueve u once meses de cada año natural.

Esta opción o renuncia se realizara a través de la presentación de un modelo 036 ante la Agencia Tributaria.

Si el período impositivo no coincide con el año natural, la opción/renuncia a esta modalidad se ejercerá en los primeros dos meses de cada ejercicio o entre el inicio del ejercicio y el fin del plazo para efectuar el primer pago fraccionado, si este plazo es inferior a dos meses.

Puede resultar interesante el cambio a esta modalidad para aquellas sociedades que vayan por cuota y que en el último Impuesto de Sociedades tuvieran que pagar una cantidad importante o que tengan previsión de hacerlo en el próximo Impuesto de Sociedades (julio 2019).