Con la Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización 14/2013, de 27 de septiembre, nació la obligación de presentar todos los libros societarios de forma telemática en el Registro Mercantil, incluidos los libros de Actas, de Socios y de Accionistas. Ante dicha nueva normativa la Dirección General de Registros y Notariado redactó la instrucción nº 12, dando las normas operativas para efectuar el mencionado depósito de los libros de manera electrónica.
Dicha instrucción fue recurrida, por lo que estuvo en suspenso esta obligación durante el ejercicio 2014. Una vez resuelto dicho recurso, se ha confirmado la obligación del depósito telemático de los libros societarios, por lo que antes del 30 de abril de este año (para las empresas que hayan realizado el cierre del ejercicio el 31 de diciembre), se han de presentar, previa diligencia de cierre de los libros físicos existentes, de forma telemática en el Registro Mercantil, las actas de las reuniones de la Junta y el Consejo, celebradas durante el ejercicio 2015, así como, los socios actuales de la compañía.
El equipo de Contagesha efectuará el depósito telemático de los libros societarios de sus clientes, al tratarse de una norma de obligado cumplimiento para todas las sociedades a partir del presente año.